AUTO CONSTITUCIONAL 048/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 048/2003-CA

Fecha: 31-Ene-2003

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Margarita Maira de Quispe, dentro del proceso coactivo seguido por el Banco Ganadero en su contra  y la de su esposo Demetrio Quispe Amaru, solicita al Juez de la causa  promueva recurso indirecto  o incidental de inconstitucionalidad contra los arts. 48, 49, 50 y 51 de la Ley 1760, argumentando que dichas normas  violan las garantías constitucionales establecidas en el art. 16 parágrafos I y .II de la Constitución Política del Estado, que garantizan el derecho da la presunción de inocencia y el derecho a la defensa, además contravienen el espíritu  procedimental establecido en el art. 90 del Código de Procedimiento civil. Agrega que el contrato de crédito suscrito con el Banco Ganadero es un contrato de mera y simple adhesión y no el resultado de una convención  bilateral, libremente pactada, contraviniendo abiertamente el principio de la libertad contractual establecida en el art. 454 del Código Civil.