SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2003-R
Fecha: 07-Ene-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
Por memorial de 3 de octubre de 2002, corriente de fs. 53 a 55, el recurrente manifiesta que desde hace más de cinco años es socio de la Línea de Trufi-Buses “36”, la que está afiliada al Sindicato “6 de Mayo”, pero que en la gestión 2001 sufrió la expulsión definitiva de dicha Línea, aunque fue restituido en cumplimiento a la Sentencia Constitucional 010/2002-R de 9 de enero.
Añade que el 31 de diciembre de 2001 nuevamente fue suspendido sin ningún fundamento mediante una hoja de circulación, sin que se le haya permitido ejercer su derecho a la defensa, con el pretexto de que no tener SOAT, licencia de conducir y otros requisitos de circulación, suspensión que se convierte en indefinida al haber transcurrido a la fecha más de 9 meses, lo que le ocasiona grandes perjuicios económicos que le obligan a endeudarse para poder mantener a su familia.