Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2003-R
Fecha: 22-Ene-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las recurrentes indican que la autoridad demandada ha violado sus derechos al trabajo y al debido proceso, en razón a que fueron despedidas de sus puestos de trabajo, no obstante haber aprobado el concurso de méritos y examen de competencia para optar dichos cargos, y sin que se haya tomado en cuenta que toda sanción, desde la amonestación hasta la destitución, debe imponerse previo proceso, al cual jamás fueron sometidas. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos demandados ameritan la protección otorgada por el art. 19 de la Constitución Política del Estado (CPE).