Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2003-R
Fecha: 28-Ene-2003
III.1
III.1 El recurso de amparo constitucional procede contra los actos ilegales u omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de la persona reconocidos por la Constitución y las leyes, siempre que no hubiere otro medio o recurso para la protección inmediata de derechos y garantías, como prevén los arts. 19 CPE y 94 Ley del Tribunal Constitucional (LTC).