Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2003-R
Fecha: 28-Ene-2003
III.2
III.2 En el caso que se examina se presentan cuestionamientos y controversias respecto al derecho de propiedad sobre un determinado mausoleo, polémica que no corresponde ser dilucidada por la jurisdicción constitucional, sino que sobre la base de las pruebas a aportarse, deberá definirse por la autoridad judicial competente en la vía ordinaria. En consecuencia, este recurso no puede pronunciarse sobre extremos que deben ser resueltos por otras vías, de las cuales no es sustitutivo, y en las que se definirán los derechos en controversia; así lo ha reconocido este Tribunal en SS.CC. 996/2001- R, 331/1999-R, entre otras.