I.1
I.1 Por nota SSTR-DJ-N-1933/2003 de 1 de septiembre remitida por Erick Larrazábal Antezana Superintendente ai de Transportes, Sistema de Regulación Sectorial SIRESE, recibida en 8 del mismo mes y año, señala que dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Andrés Huanca G., Jorge Ayllón Q., Policarpio Ramírez, Ramiro Ayllón Q, Pastor aliaga V. y Carlos Conde en representación de la Cooperativa de Transportes Kupini Ltda. contra Ricardo Salinas y Franz Chávez, Secretarios General y de Relaciones del Sindicato de Transportes de Minibuses, Trufibuses y Buses “San Cristobal”, se pronunció la SC 006/2000-R de 5 de enero, que revocó el fallo elevado en revisión dictado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito de La Paz y declaró procedente el recurso, disponiendo que el sindicato de Micros “San Cristobal” restituya las líneas 294, 271 y 358 a dicha Cooperativa, sentencia cuyo cumplimiento fue solicitado por los recurrentes acudiendo ante las autoridades encargadas a ese fin como ser la Alcaldía Municipal de La Paz y el Organismo Operativo de Tránsito para que adopten las medidas requeridas para el cumplimiento del referido fallo, entidades que lejos de acatar lo dispuesto por el Tribunal mantienen respuestas evasivas.
