AUTO CONSTITUCIONAL 38/2003-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 38/2003-CDP

Fecha: 26-Nov-2003

I.2

I.2       Por Auto Constitucional (AC) 34/2003-CDP de 29 de octubre, el Tribunal Constitucional resolvió anular la resolución revisada, ordenando que el Tribunal de Amparo pronuncie un nuevo Auto en el que regule el honorario profesional de acuerdo al Arancel del Colegio de Abogados de Tarija (fs. 471-473).