AUTO CONSTITUCIONAL 543/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 543/2003-CA

Fecha: 11-Nov-2003

I.1. Antecedentes

El recurrente refiere que ejerce las funciones de Alcalde Municipal de Puerto Acosta conforme lo determinó incluso el Auto Constitucional 0003/2003-ECA de 28 de febrero de 2003, sin embargo el 9 de octubre de 2003 el Presidente del Concejo Municipal, Carlos Calamani Churata y el Concejal Secretario Francisco Limachi P. convocaron a sesión pública para el 10 de octubre de 2003, donde consideraron la derogación de la Resolución 12/2003 de 11 de abril de 2003 y la restitución del Alcalde, sin que estos temas hayan estado consignados en el orden del día de dicha sesión.