SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1561/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1561/2003-R

Fecha: 04-Nov-2003

I.2.2 Informe de la recurrida

Maria Selva Ortiz, quien fue designada por la recurrida, Directora a.i. del SEDUCA-Beni, del 13 al 20 de agosto, en el informe escrito de fs. 33 y vta. señaló que el despido de la recurrente fue legal ya que se lo realizó al amparo del art. 27 del Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública aprobado por Resolución Ministerial 062/00 de 17 de febrero y art. 11 de la Ley 2027, aspecto que también fue considerado por la Superintendencia del Servicio Civil cuando a través del oficio Cite: SSC/IG-0999/2003 de 28 de julio, respondió la solicitud de Carlos Alfredo Alba Zurita, Jefe de la Unidad de Análisis e Información del SEDUCA-Beni, quien en calidad de esposo o concubino de la recurrente solicitó autorización por excepción para el ejercicio de funciones públicas en caso de incompatibilidad por parentesco o matrimonio, la que fue rechazada en vista de existir un grado de parentesco. De este modo la misma Superintendencia del Servicio Civil entró en contradicción al emitir la Resolución de reincorporación de la recurrente para después negar la autorización de excepción solicitada por el concubino o esposo de la misma. Por otra parte, la recurrente presentó la Resolución de la Superintendencia en fotocopia simple carente de valor, por lo expuesto solicitó se declare improcedente el recurso con costas y multa por malicia y temeridad.