Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1578/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
II.2
II.2 A través del escrito presentado a hrs. 17:35 del 21 de agosto (fs. 13), bajo la suma de “presenta prueba de cargo”, los recurrentes adjuntaron la literal que corre a fs. 12, consistente en una fotocopia simple de la denuncia formulada el 31 de julio pasado, por Edith Rocío Pérez Bruno haciendo constar además su imposibilidad de acompañar prueba documental sobre su suspensión ya que la misma había sido verbal (fs. 12-13).