Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1717/2003-R
Fecha: 25-Nov-2003
II.2.
II.2. Al haberse cancelado la Póliza de Importación del despacho de emergencia referido, la Agencia Despachante de Aduanas “Amazonas”, en 23 de diciembre de 1994 (fs. 54), solicitó al Administrador Distrital de la Aduana Santa Cruz, la devolución de la boleta bancaria. Ese pedido fue reiterado por Importadora “Kevin”, que demandaba la restitución del monto correspondiente, en 9 de agosto de 1995 (fs. 62), 16 de enero (fs. 88), 27 de abril (fs. 91), 22 de noviembre (fs. 105), todos de 2001, y 19 de marzo de 2003 (fs. 140).