SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1737/2003-R
Fecha: 01-Dic-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 9 de octubre de 2003 (fs. 4 a 7), el recurrente aduce, que el 18 de noviembre de 2002, a denuncia de Bertha Felipa Ramírez Urey en su contra, el Fiscal de Materia Carlos Loza, en suplencia legal, hizo conocer al Juez Instructor de turno el inicio de la investigación por el supuesto delito de estelionato. El 23 de enero de 2003 la Fiscal Silvia Blacutt presentó imputación formal en su contra, por lo que interpuso excepciones que fueron declaradas improbadas y rechazadas por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal mediante Resolución 117/2003 de 5 de mayo.
Señala que por otra parte el 17 de marzo de 2003, se inició una investigación ante el Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal, a denuncia interpuesta por Roxana Gumercinda Dávalos Larrea en contra suya por el supuesto delito de estafa y estelionato sobre el mismo bien inmueble ubicado en Avenida Illimani 1848. La Fiscal Silvia Blacutt requirió al Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal para que tramite la inhibitoria del Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, mediante Resolución 121/2003 el Juez Segundo de Instrucción solicitó la inhibitoria arguyendo haber prevenido primero la causa, en cuya atención el Juez Cuarto dejó de conocer la misma.
Alega, que el 30 de julio de 2003 la Fiscal Silvia Blacutt presentó acusación, no obstante haber fenecido el término de los seis meses de la etapa preparatoria y que el 4 de agosto de 2003 el caso radicó ante el Tribunal Tercero de Sentencia, que le notificó el 27 de agosto del mismo año con la acusación dándole 10 días de plazo para ofrecer pruebas de descargo.