Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1760/2003-R
Fecha: 01-Dic-2003
procedencia
Por su parte, la Sala Social y Administrativa, al declarar infundado el recurso, lo ha resuelto de forma atípica, no obstante que conforme se infiere de los arts. 94 y 96 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) las formas de resolución en este recurso extraordinario son las de declarar la procedencia o improcedencia.