SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1786/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1786/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

no se constata violación a derecho ni garantía alguna del recurrente,

            En consecuencia, no se constata violación a derecho ni garantía alguna del recurrente, por cuanto una vez que el expediente sea  puesto a disposición del Tribunal de apelación -que, de conformidad a la Sentencia 424/2003 dictada el 17 de septiembre de 2003 (fs. 14 y 15), por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior de La Paz en el hábeas corpus formulado por Alejo Véliz Lazo contra el Presidente de la Cámara de Diputados y otro, será devuelto a la Corte Superior de Cochabamba- sus miembros pronunciarán la determinación que estimen pertinente, en la cual podrán estudiar las presuntas ilegalidades que  acusa el  recurrente tales como la irregular presentación del memorial de alzada, su impertinente concesión y otros, que no pueden ser motivo de examen a través del amparo constitucional porque las autoridades recurridas aún no emitieron ningún juicio al respecto, motivo por el que el presente recurso extraordinario es  improcedente.