SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1885/2003 -R
Fecha: 17-Dic-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, solicitó tutela de los derechos a la libertad, a la dignidad, al trabajo, a enseñar bajo la vigilancia del Estado, a la locomoción, a una remuneración justa, a la presunción de inocencia a la defensa y a la inexistencia de la pena de infamia ni muerte civil, consagrados en las normas previstas por los arts. 6, 7.d), f), g), j), 16 y 17 CPE, pero al haber sido rechazado el recurso por el tribunal de amparo, por no subsanarse en el plazo otorgado, el requisito de forma previsto en la norma del art. 97.V LTC, referente a la presentación de las pruebas con las que fundamenta su pretensión, corresponde, en revisión de la resolución emitida, dilucidar si dicho rechazo se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución y la Ley del Tribunal Constitucional.