Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2003
Fecha: 21-Feb-2003
INFUNDADO
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 120-1ª de la Constitución Política del Estado, 7.2 y 59 y siguientes de la Ley del Tribunal Constitucional, de 1 de abril de 1998, resuelve declarar INFUNDADO el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad por improcedente.