Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0151/2003-R
Fecha: 11-Feb-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes han sido citados por la Fiscal demandada, en sus lugares de trabajo, con la finalidad de que los mismos se presenten a audiencias conciliatorias; todo lo que hace que dichos recurrentes se encuentren indebidamente perseguidos, restringiéndose sus derechos a la libertad y trabajo. Corresponde determinar si lo denunciado es cierto, a efectos de considerar la viabilidad o no de la presente tutela.