Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2003-R
Fecha: 11-Feb-2003
II.2.
II.2. Que, el Tribunal de amparo, emitió la Resolución de 23 de noviembre de 2002, por la que en aplicación del art. 97-V LTC dispone que previa a la admisión del recurso, la recurrente, en el plazo de 48 horas, acompañe documentación que se menciona en su recurso, bajo conminatoria de tenerse por no presentado; determinación con la que es notificada la recurrente en la misma fecha (fs. 79).
- Wilma Iglesias Bedoya por si y en representación de René Ojeda Illanes, Luis Molina Bustillo, Eusebio Huanca Limachi, José Valencia Huanca, Juan Alvarado Mejía, Eugenio Oblitas Zapana, Enrique Ilaya Choque, Eliseo Troche Colquehuanca, Efraín Mamani Aliaga, Lucia Silva Alanoca, Hilda Choque Capia, Juana Morales, Julio Alarcón Nina y Nancy Gutiérrez
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO