SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0186/2003-R
Fecha: 21-Feb-2003
a)
A su turno, la autoridad recurrida prestó su informe escrito, cursante a fs. 14-16 y lo expresado en audiencia, se tiene: a) por sentencia de 8 de enero de 2001, confirmada por Auto de Vista de 3 de abril del mismo año, se declaró probada la demanda y se dispuso que se haga efectivo el pago de la suma demandada, b) por proveído de 13 de julio de 2001 amplió el embargo que recayó sobre bienes muebles del consultorio dental del demandado, c) ante la solicitud de que se levante el embargo sobre dichos bienes, por decreto de 25 de enero de 2002, no se dio lugar a lo solicitado, por constituir los bienes del ejecutado, garantía para recuperar la acreencia adeudada, d) planteado recurso de reposición contra dicha resolución, éste recurso fue rechazado por Auto de 21 de febrero de 2002, e) en audiencia de remate de 22 de noviembre de 2002, no se presentaron postores y f) el recurrente asumió defensa en este caso y la autoridad demandada actuó de acuerdo al régimen de derecho. Por lo que pide se declare improcedente el recurso, con costas y multa al recurrente.