SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2003 - R
Fecha: 24-Feb-2003
REVOCA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 18-III y 120.7ª CPE y los arts. 7-8ª y 93 LTC en revisión REVOCA la Resolución de 4 de enero de 2003, cursante de fs. 312 a 313, pronunciada por el Juez del Niño, Niña y Adolescente de Trinidad y declara PROCEDENTE el Recurso, sin disponer la libertad por haberse determinado la detención preventiva de la recurrente por Resolución dictada por la Jueza Cautelar y confirmada por los Vocales de la Sala Penal de Corte Superior del Distrito del Beni, a quienes no se ha recurrido.
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 18-III y 120.7ª CPE y los arts. 7-8ª y 93 LTC en revisión REVOCA la Resolución de 4 de enero de 2003, cursante de fs. 312 a 313, pronunciada por el Juez del Niño, Niña y Adolescente de Trinidad y declara PROCEDENTE el Recurso, sin disponer la libertad por haberse determinado la detención preventiva de la recurrente por Resolución dictada por la Jueza Cautelar y confirmada por los Vocales de la Sala Penal de Corte Superior del Distrito del Beni, a quienes no se ha recurrido.