que la comparecencia a la audiencia y el informe que debe prestar el recurrido sobre los hechos denunciados,
De la normativa citada, se establece que la comparecencia a la audiencia y el informe que debe prestar el recurrido sobre los hechos denunciados, son actos obligatorios exigidos por ley, motivo por el cual no es pertinente ni legal que se tenga que reconocer al demandado el pago de honorarios profesionales por cumplir con la obligación de presentarse a la audiencia y rendir el informe referido.
