AUTO CONSTITUCIONAL 116/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 116/2003-CA

Fecha: 06-Mar-2003

I.3. Resolución de la autoridad administrativa

Edgar Peña Venegas, Juez Undécimo de Partido en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz, por Resolución de 18 de enero de 2003, rechaza el incidente en consideración a que la Ley de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar es una ley constitucional y que los artículos impugnados no han violado los arts. 7, 16 y 237 de la Constitución Política del Estado. Resolución que en cumplimiento del art. 62.1) LTC es elevada en consulta a este Tribunal.