Disposición Transitoria Primera de la Ley de Abreviación procesal y de asistencia familiar, Ley 1760 de 28 de febrero de 1997
Alfredo Aneiva Jiménez por la empresa VIPEL, dentro del juicio ejecutivo seguido por el Banco BISA S.A. en contra de la empresa que representa, solicita al juez de la causa, promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra la Disposición Transitoria Primera de la Ley de Abreviación procesal y de asistencia familiar, Ley 1760 de 28 de febrero de 1997, argumentando que la mencionada norma que viene rigiendo en el presente juicio, es de aplicación inmediata y alcanza a los procesos en trámite, implicando la retroactividad a un régimen normativo que está al margen de la misma, por cuanto en materia civil no rige la retroactividad por imperio del art. 33 de la Constitución Política del Estado.
- Blanca Alarcón de Villarroel, Jueza Primera de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz
- Disposición Transitoria Primera de la Ley de Abreviación procesal y de asistencia familiar, Ley 1760 de 28 de febrero de 1997
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazó el incidente
- II.2. Cumplimiento de requisitos
- en ejecución
- APRUEBA
