AUTO CONSTITUCIONAL 126/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 126/2003-CA

Fecha: 13-Mar-2003

y su vinculación con el derecho que se estima lesionado

Para su procedencia, este recurso debe ser presentado observando los requisitos de contenido establecidos en el art. 30 LTC, además de los específicos señalados en los incisos 1), 2) y 3) del  art. 60 de la citada Ley, esto es, la mención de la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona y su vinculación con el derecho que se estima lesionado; el precepto constitucional que se considera infringido y la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso, requisitos imprescindibles para la procedencia del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad.

Asimismo incumple los requisitos establecidos por el art. 60 incs. 1) y 2) LTC, por cuanto si bien señala que impugna el Decreto Ley 14933 y menciona el art. 16-II CPE como precepto constitucional que considera infringido, no precisa qué artículos del DL los impugna; asimismo no menciona la vinculación de la norma cuestionada con el derecho que estima lesionado; tampoco fundamenta la inconstitucionalidad del decreto ley impugnado, menos fundamenta la relevancia que tendrá el mismo en la decisión del proceso coactivo fiscal seguido por la Aduana Nacional contra Jhonny Saavedra y otros.