Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0300/2003-R
Fecha: 12-Mar-2003
I.3. Trámite procesal en el Tribunal
Que, por requerir de mayor análisis y estudio, mediante Acuerdo Jurisdiccional Nº 20/03 de 14 de febrero de 2003, el Pleno del Tribunal Constitucional amplió el plazo para pronunciar resolución en la mitad del término, al amparo del art. 2 de la Ley 1979; vale decir hasta el 12 de marzo de 2003. Por tanto, la presente Sentencia Constitucional se pronuncia dentro del plazo legalmente establecido (fs. 42).