SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0359/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0359/2003-R

Fecha: 25-Mar-2003

a)

El Juez recurrido informó lo siguiente: a) el proceso penal instaurado por Mary Luz Pereyra Callaú contra los recurrentes, al haberse presentado la querella respectiva, se tramitó de acuerdo a ley; b) admitida la querella, se celebró audiencia conciliatoria, luego de la que se dictó el Auto de apertura para juicio oral, encontrándose el  proceso en ese estado; c) el hábeas corpus solamente procede cuando los actos ilegales que se acusen están vinculados con la libertad de locomoción, y en ningún momento su autoridad ha puesto en riesgo ese derecho de los actores, quienes, si consideraban que existían infracciones procesales, debieron interponer un amparo constitucional. Pidió se declare improcedente el recurso.