Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0406/2003-R
Fecha: 31-Mar-2003
II.6.
II.6. Que, el Médico Forense del Distrito IV de Salud de Yacuiba a horas 16:30 y 17:00 del 19 de febrero de 2003 procedió a realizar exámenes de reconocimiento médico legal a Tito Gallardo Quiroga y René Terrazas Cerezo y constató que los mismos tenían lesiones con impedimentos de 10 y 8 días (fs. 8 y 9, respectivamente). A su vez, en la misma fecha y el mismo médico, certificó que el policía recurrido Franklin Jiménez Valenzuela, también habría sido agredido físicamente, debiendo guardar reposo por 10 días (fs. 23).