AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2003-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2003-ECA

Fecha: 08-Abr-2003

I.         CONTENIDO DE LA SOLICITUD

Que al haberse establecido en la SC 361/2003-R de 25 de marzo, que fue procesado en franca vulneración de sus derechos por cuanto no fue correctamente identificado ni citado legalmente en las dos etapas del proceso penal que se le siguió, el fallo es contradictorio entre la parte considerativa y la resolutiva, pues sólo se ha dispuesto la nulidad de obrados hasta la apertura de debates, cuando lo que debió ordenarse fue la nulidad hasta el vicio más antiguo, vale decir hasta que se le cite legalmente mediante mandamiento de comparendo con el Auto Inicial de Instrucción para que preste su declaración indagatoria, por lo que solicita se enmiende la Sentencia citada en ese sentido.