Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0022/2003-ECA
Fecha: 29-Abr-2003
I.1.
I.1. Por memorial presentado el 15 de abril de 2003, el recurrente expresa que en la última parte del numeral II.3. de las conclusiones de la SC 0468/2003-R, se indica que él supuestamente hubiera aceptado el despido por el solo hecho de haber solicitado la calificación de años de servicio, por lo que solicita complementar y enmendar la sentencia, aclarando que tiene derecho al pago de beneficios sociales y derechos laborales.
- I.1.
- podrá aclarar, enmendar o complementar algún concepto obscuro, corregir un error material o subsanar alguna omisión sin afectar el fondo de la resolución”.
- pretende a través de su petición de complementación y enmienda, que este Tribunal reconozca su derecho al pago de beneficios y derechos laborales