Disposición Transitoria Primera Parágrafo Primero de la Ley de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar, 1760 de 28 de febrero de 1997
Por Sentencia Constitucional 048/2000 de 24 de julio de 2000 fue declarada constitucional la Disposición Transitoria Primera Parágrafo Primero de la Ley de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar, 1760 de 28 de febrero de 1997, norma impugnada a través del presente recurso, lo que inviabiliza cualquier nueva revisión de la disposición legal impugnada.
- Carlos López Videla, Juez Décimo Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz,
- Disposición Transitoria Primera de la Ley 1760
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- "La Sentencia que declare la constitucionalidad de la norma legal impugnada, hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella".
- Disposición Transitoria Primera Parágrafo Primero de la Ley de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar, 1760 de 28 de febrero de 1997
- Fragmento 7
- APRUEBA
