APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 4 de abril de 2003, pronunciada por Esteban Miranda Terán, Otto Riess Carvalho y Hugo Bejarano Torrejón, Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Agrario Nacional, cursante a fs. 1816-1818 del expediente.
Por Secretaría General devuélvase al Presidente de la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional el expediente original del proceso de nulidad de título ejecutorial seguido por Graciela Gutiérrez Vda. de Bolaños contra Jaime Tapia Alípaz, debiendo quedar fotocopia legalizada de la Sentencia S2 010/2003 de 13 de marzo de 2003 así como los originales de la solicitud de que se promueva el incidente y de la Resolución de 4 de abril de 2003, devolviéndose fotocopias legalizadas de dichas piezas procesales.
