SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0470/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0470/2003-R

Fecha: 09-Abr-2003

1.2.2  Informe de los recurridos

La abogada de los recurridos informó que las literales presentadas por la recurrente carecen de valor, ya que ninguna de ellas demuestra la participación activa de sus clientes en los hechos denunciados, y no cursa en SEAPA ninguna denuncia de la actora en sentido de que se le haya cortado el suministro de agua, por lo que ésta no ha agotado todos los recursos para la reposición de servicio, ya que debió acudir ante el Consejo de Administración de acuerdo con el Reglamento de SEAPA.

A su vez, el demandado Hermógenes Ortuño Sainz afirmó que trató de llegar a una solución con la recurrente y su padre y que cuando el cabildo abierto de Tarata se realizó, se opuso al corte de agua de los regantes, sin embargo, ese cabildo decidió lo contrario, aclarando que él no participó en el corte de agua a la recurrente.