Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0485/2003-R
Fecha: 14-Abr-2003
II.4.
II.4.Por escrito de 5 de febrero de 2003 (fs. 71 a 74), el recurrente opuso excepción de prejudicialidad de carácter civil, que, corrida en traslado por el Juez Cautelar, fue respondida por la Fiscal (fs. 76 y 77). En el decreto de 15 de febrero de 2003 (fs. 77) el Juez manifestó haber perdido competencia en el asunto al haberse presentado la acusación.