SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0520/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0520/2003- R

Fecha: 21-Abr-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso.

Que se encuentra detenida en las celdas de UMOPAR de la localidad de Chimoré desde el 28 de marzo de 2002, sin ninguna posibilidad de asumir su defensa dentro del proceso que se “estaría tramitando” en el Tribunal Primero de Sentencia de la Capital, al extremo de que se le ha declarado en rebeldía, sin que en ningún momento se le hubiera conducido a dicho Tribunal para que asuma su defensa material como técnica, y tampoco, se le ha hecho conocer las resoluciones pronunciadas por el órgano jurisdiccional,  a objeto de que pueda comparecer al juicio, defender su posición frente a la acusación de la fiscalía y en su caso, hacer uso efectivo de los recursos que le franquea la Ley. Que interpone el recurso contra los fiscales de la Unidad Móvil de Patrullaje Rural de Chimoré tomando la Unidad del Ministerio Público prevista en el art. 4 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), porque son ellos los que la acusan como si estuviera libre cuando en los hechos se encuentra detenida en forma indebida e ilegal.