SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2003-R

Fecha: 29-Abr-2003

III.2.

 III.2. En el caso de autos, si el actor consideraba que la misiva enviada por el Alcalde y el Presidente del Concejo Municipal de Chuma daña su dignidad personal y lo desprestigia en lo profesional, al contener acusaciones infundadas, tenía expedita la vía de la acción penal puesto que la actuación de los recurridos inclusive  puede configurar la comisión de delitos, por lo que debió acudir a esa vía en la que podía obtener la retractación de tales acusaciones, pero no lo hizo y acudió directamente al amparo constitucional, que no es un recurso sustitutivo  de los medios ordinarios que la ley prevé para la defensa de los derechos de las personas, lo que determina la improcedencia de este recurso.