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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0546/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0546/2003-R

    Fecha: 29-Abr-2003

    II.5.

    II.5.      En la nota de 21 de mayo de 2002, el recurrido solicitó su reincorporación al haber fenecido el permiso temporal solicitado la primera vez, y, a través de la Resolución Municipal 08/2002 de 23 de mayo de 2002, él y dos Concejales aprobaron su reincorporación a partir de esa fecha, aclarando que todo acto realizado por la recurrente quedaba sin valor legal y sin efecto (fs. 8). A partir de esa fecha, el recurrido dictó una serie de resoluciones municipales (fs. 9-13).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • 1.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
    • procedente
    • II.1
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.      FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • El recurso debe ser presentado dentro del término máximo de seis meses, la no observancia de este requisito determina la improcedencia del recurso e impide conocer el fondo del asunto
    • III.2

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