SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0562/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0562/2003-R

Fecha: 29-Abr-2003

1)

Los abogados de los Concejales Recurridos se ratifican en el informe de fs. 128 a 130 de obrados y en audiencia señalan: 1) la concejal suplente del recurrente no firmó documento privado alguno con éste, por lo que el presentado es ilegal, falso y transgrede toda normativa penal, la Ley de Municipalidades, Código Electoral, Ley de Administración y Control Gubernamental y otras; 2) por Resolución 031/2002 de 3 de abril el recurrente fue designado Presidente del Concejo Municipal, sin embargo, el 22 del mismo mes solicitó licencia temporal por 30 días, que fue concedida por Resolución 40/2002 de 27 de abril, autorizándose la incorporación de su suplente; 3) mediante nota de 15 de mayo de 2002, recibida el 23 del mismo mes y año, el recurrente solicitó la ampliación de su licencia por diez meses que fue autorizada por Resolución 51-A/2002 de 23 de mayo de 2002, ampliándose también la incorporación de su suplente, motivo por el que a la fecha todavía no puede ejercer sus funciones conforme al art. 31.II y III LM; 4) respecto a las supuestas torturas, intimidaciones y secuestro que hubiera sufrido, tiene expedita la vía ordinaria puesto que tales hechos constituyen delitos tipificados por el Código Penal; 5) no existe conexitud e inmediatez ya que las supuestas torturas, secuestro y firmas en blanco datan de hace más de cinco meses, siendo por lo tanto un acto consentido conforme al art. 96.2) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) y a lo establecido por la amplia jurisprudencia.