Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Nº 0031/2003
Fecha: 07-Abr-2003
Infundado
El suscrito Magistrado ha expresado su desacuerdo con la decisión adoptada así como con los fundamentos contenidos en la Sentencia Constitucional Nº 0031/2003, por lo que ha emitido voto disidente en la aprobación de dicha Sentencia; pues considera que el Recurso debió declararse Infundado. En Consecuencia, de conformidad a lo dispuesto por el art. 47-II de la Ley Nº 1836, en el plazo establecido en dicha disposición, fundamenta su disidencia en los siguientes términos: