AUTO CONSTITUCIONAL 247/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 247/2003-CA

Fecha: 29-May-2003

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

           Argumenta el recurrente que las autoridades judiciales recurridas al dictar el Auto de Vista 159/03 de 9 de abril de 2003, lo han hecho sin tener competencia para ello, pues el hecho de haberse omitido el sorteo de causas establecido en el art. 122 Ley de Organización judicial, ha determinado que los Vocales de la Sala Civil Primera no tengan competencia para resolver en segunda instancia el proceso ejecutivo subido en apelación, en vista de que la competencia del tribunal se abre con el respectivo sorteo de la causa, por lo que han incurrido en la causal prescrita en el art. 31 de la Constitución Política del Estado.