Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0620/2003-R
Fecha: 08-May-2003
IMPROCEDENTE
La Sentencia 063, cursante a fs. 27, pronunciada el 18 de marzo de 2003 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, declara IMPROCEDENTE el recurso, con estos fundamentos: 1) la designación del recurrente era solamente por la gestión 2002, por lo que su trabajo era desde julio de ese año, hasta la conclusión de esa gestión escolar; 2) al no haber asistido a la audiencia el recurrente, se presume haber consentido las acciones de la autoridad recurrida, conforme establecen el art. 96-2) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) y la jurisprudencia constitucional.