Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0652/2003-R
Fecha: 14-May-2003
II.3.
II.3. Que, el Oficial de Diligencias del Tribunal de amparo, en 12 de marzo de 2003, realiza un informe señalando que en la oficina de la autoridad demandada le hicieron saber que el mismo se encontraba de viaje a la ciudad de Santiago de Chile, por lo que entregó copia de la demanda y auto de admisión al Jefe Nacional de Asuntos Jurídicos del SENASAG, quien no quiso firmar la notificación (fs. 19).