Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0654/2003-R
Fecha: 14-May-2003
I.2.3. Determinación
Concluida la audiencia los vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en ausencia del representante del Ministerio Público, determinan: “De acuerdo al art.303 del CPC (…), se da por retirada la demanda de Amparo Constitucional, debiendo elevarse en revisión por ante el Tribunal Constitucional” (textual).