SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0660/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0660/2003-R

Fecha: 19-May-2003

procedente

Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia  Resolución  que declara procedente el  recurso, con daños y perjuicios y dispone  que el Tribunal de Sentencia de Villa Tunari  donde se encuentra radicada la causa, señale audiencia a objeto de resolver la situación jurídica de la recurrente conforme a las leyes vigentes, con los siguientes fundamentos: 1) la Fiscal recurrida  incumplió lo que dispone el art. 226, al no haber puesto a la aprehendida (representada por el recurrente) a disposición de la autoridad jurisdiccional dentro de las 24 horas establecidas por ley; 2) el co-demandado Juez de Instrucción sin señalar audiencia de medidas cautelares definió la situación jurídica  en ausencia de la imputada y sin la presencia cuando menos de un abogado defensor y no disponer su notificación con el Auto de detención preventiva, lo que evidencia que ambas autoridades han vulnerado los derechos y garantías de la representada por el recurrente; 3) no es posible dejar sin efecto el Auto de revocatoria de medidas sustitutivas a la detención preventiva impuestas en el otro proceso penal que de oficio le siguen a la imputada,  por no tener relación con los hechos o actos jurisdiccionales que han motivado el presente recurso, y corresponder ello a las autoridades judiciales que conocen el proceso.