Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0669/2003-R
Fecha: 20-May-2003
I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente por medio de su abogado ratificó el tenor de su demanda, e hizo notar que el Reglamento Interno de Personal de COTES Ltda. esta firmado solo por un vocal y un Secretario, siendo que para que tenga efectos legales debe estar firmado por todo el Consejo de Administración y Vigilancia o en su defecto por el Consejo de Administración. Concluyó indicando que jamás se le probaron actos dolosos o culposos que le hagan merecer la ilegal transferencia de sus funciones.