SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0669/2003-R
Fecha: 20-May-2003
III.2.
III.2. En el caso analizado, el recurrente pretende su restitución al puesto de trabajo inicial así como a la escala salarial con la fue contratado en COTES Ltda., aspectos que pudo inmediatamente reclamar ante las instancias superiores de la Cooperativa o en su caso, al estar protegido por la Ley General del Trabajo, acudir en la vía conciliatoria a la Dirección Departamental del Trabajo y, finalmente ante la judicatura laboral, vías legales que el actor tiene expeditas y que no agotó ni utilizó. Dicha omisión determina la improcedencia del recurso e impide ingresar a analizar el fondo del asunto, por cuanto es evidente la existencia de otros medios legales que la parte posee para lograr la protección de sus derechos supuestamente conculcados, no pudiendo el amparo ser utilizado en sustitución de los mismos. Así lo ha reconocido la uniforme jurisprudencia constitucional en las SSCC 873/2001-R, 1142/2001-R, 1269/2001-R, 218/2002-R, 1015/2002-R, 1280/2002-R, entre otras.