SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0707/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0707/2003-R

Fecha: 28-May-2003

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 11 de marzo de 2003 (fs. 80 a 83), la recurrente expresa que como trabajadores en salud, ella y sus representados desarrollan sus funciones en diferentes centros de La Paz, de las cuales fueron destituidos en la gestión 2001 “por supuesta incompatibilidad horaria”, lo que no era cierto.

Relata que por sus constantes reclamos, se creó la Comisión Ministerial producto de la cual, en acuerdo verbal con la Confederación de Trabajadores en Salud y el Vice Ministerio de Salud, se determinó su reincorporación “para los meses de marzo y abril de 2002”, determinación que al presente no se ha cumplido, pese a que a otras personas, destituidas juntamente con ellos,  han sido reincorporadas.

Hace una relación de todas las cartas y memoriales que ha presentado, así como sus mandantes, para ser restituidos en sus funciones, desde el 13 de diciembre de 2001 hasta el 31 de julio de 2002, que es cuando se presentó el último memorial, conteniendo una conminatoria judicial contra los recurridos, los mismos que  hicieron caso omiso a la orden del Juez de certificación sobre los extremos que anteriormente solicitaron.