SENTENCIA CONSTITUCIONAL 591/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 591/2003-R

Fecha: 06-May-2003

a)

El recurrido, en el informe escrito que  corre de fs. 79 a 81, sostiene  lo siguiente: a)   la representación departamental del Ministerio de Trabajo a su cargo, carece de facultades para disponer la restitución a las funciones de  directivo sindical del recurrente, b) ante el requerimiento fiscal presentado por Guillermo Sánchez y Adolfo Baldivieso, al día siguiente dispuso se entregue una copia  de la RM 447/02, siendo falsa la afirmación del recurrente en sentido de que no se hubiera  franqueado ese instrumento; c) el conflicto suscitado entre las dos directivas sindicales fue puesta en conocimiento del Ministro del Trabajo por parte del ex - Gerente General de SETAR S.A., ya que la Jefatura departamental no tiene competencia para resolver esos problemas; d) en 28 de noviembre de 2002 se cursó una nota a David Cabezas haciéndole saber la obligación que tiene de convocar a elecciones internas de la directiva del Sindicato, según el convenio suscrito con el Ministerio de Trabajo a través de la Dirección Nacional de Asuntos Sindicales. Pide se declare improcedente el recurso.