AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2003-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2003-ECA

Fecha: 05-Jun-2003

II.1

II.1     Que conforme al entendimiento precedente, lo solicitado por el recurrido está fuera del fin que tiene la enmienda, pues disponer se deje sin efecto la nulidad del desapoderamiento y la restitución del bien desapoderado a su persona, implicaría dejar sin efecto también la procedencia del recurso y por lo mismo revisar el fallo ya dictado, el mismo que ha sido emitido luego de compulsar minuciosamente los hechos denunciados que constituían los actos ilegales lesivos de los derechos citados por los recurrentes.