AUTO CONSTITUCIONAL 264/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 264/2003-CA

Fecha: 09-Jun-2003

I.2.1. Respuesta al recurso

Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional representada por el Gerente Regional La Paz, Luis Fernando Balanza V., manifestando que la decisión judicial en el proceso de contrabando no depende de la aplicación o violación de la R.A. 434/98 de 28 de mayo de 1998 acusada de inconstitucional, siendo por tanto inviable la procedencia del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, por lo que solicita se rechace el incidente.

El incidente también es respondido por José Santos Saravia Cuevas, representante del Ministerio Público Adscrito a la Aduana Nacional, manifestando que la Resolución 434/98 es constitucional, que la decisión que tome el Juez es totalmente constitucional, que los procesados Aguilar y Mercedes  violaron leyes bolivianas  como la 1990 en sus arts. 53, 55, 71 y 82 y sobre todo el art. 166 incs. a), b), i), y j), debiendo rechazarse el recurso intentado.