Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0745/2003-R
Fecha: 03-Jun-2003
II.3.
II.3. El 26 de abril de 2003, el Fiscal recurrido requirió la aprehensión de la recurrente, por complicidad en los delitos de asociación delictuosa y receptación, al amparo del art. 226 CPP (fs. 9), requerimiento entregado a horas 8,30 a la Policía Nacional de Caranavi, recibiéndose ese mismo día a horas 11, la declaración informativa de la recurrente (fs. 26-27).